Modelo de Atención Integral

El Modelo de Atención Integral y multisectorial de la Red Nacional de Refugios A.C. (RNR) ha sido desarrollado y probado desde el 2010 a nivel nacional. Está conformado por tres dimensiones:

Dimensión 1: pone en el centro de la actuación a las mujeres y sus hijas e hijos como sujetas de derechos, protagonistas del proceso de intervención, fomentando así el ejercicio de su ciudadanía y el acceso a todos sus DDHH.

Dimensión 2: Engranaje y articulación de 4 espacios Integrales de prevención, atención y protección que restituyen derechos y previenen feminicidios.

Dimensión 3: Articulación multidimensional y multisectorial

El modelo está en permanente actualización de acuerdo con el contexto y las necesidades actuales de las mujeres.

A continuación, se detallará cada uno de los espacios que, conjuntamente conforman este modelo de actuación los cuales están interrelacionados entre si para poder brindar una atención y un abordaje intersectorial a las mujeres víctimas de violencias y en su caso, sus hijas e hijos.

Mapa de espacios de prevención, atención y protección de la Red Nacional de Refugios A.C. (RNR)

Te compartimos los espacios de prevención, atención y protección que integran la Red Nacional de Refugios, A.C. (RNR)

Coloca el cursor en la entidad del país que desees conocer, ahí encontrarás los espacios de prevención, atención y protección que tenemos en esa localidad. Si no encuentras alguno de tu interés contáctanos, estamos extendiendo nuestra red y abriremos nuevos espacios a favor de las mujeres y en su caso, sus hijas e hijos, asimismo tenemos alianzas y trabajamos coordinadamente con otros Refugios y diversas instituciones de la sociedad civil y gobierno teniendo así cobertura a nivel nacional.

Centros de Atención Externa

Son la cara pública de los Refugios, siendo el primer contacto de las mujeres que acuden a ellos, donde se les acompaña a la toma de decisiones, se explora la situación que vive la mujer y en apego a sus derechos humanos se ofrecen diversas opciones entre ellas: iniciar proceso integral gratuito o bien, ingresar a una Casa de Emergencia, Refugio o Casa de Transición, en cualquiera de las opciones planteadas se desarrolla conjuntamente con la mujer, y en su caso sus hijas e hijos un plan de actuación que contempla el plan de seguridad para mitigar el riesgo por la violencia vivida.

En estos espacios se proporciona atención integral especializada (psicológica, jurídica y social) a mujeres víctimas de violencias y en su caso, sus hijas e hijos. Los servicios que brindan los Centros de Atención Externa de Refugio van desde información, orientación, intervención, referencia de casos a espacios de protección y el seguimiento de estos cuando se ha concluido el proceso dentro de los Refugios.

Teniendo un papel clave en los procesos de autonomía y empoderamiento de las mujeres mediante la promoción del ejercicio de sus derechos humanos:

-Fomentan la identificación de situaciones de violencias promoviendo diversas acciones para romper con las mismas.

-Promueven la toma de conciencia de las propias potencialidades, reconociendo sus habilidades, promoviendo la autonomía y el empoderamiento de las mujeres.

-Facilitan procesos en los cuales las mujeres adquieren un mayor control sobre sus recursos intelectuales, personales, sociales y materiales, cuestionando los constructos sociales del patriarcado.

Línea telefónica:

A través del 800 822 44 60 a nivel nacional y en el 555674 9695 o 555243 6432 para la Ciudad de México y área metropolitana, la Red Nacional de Refugios A.C. (RNR), brinda atención en crisis, acompañamiento, orientación y escucha activa a mujeres que llaman buscando alternativas ante sus problemáticas.

Es una línea totalmente confidencial que brinda atención las 24 horas del día todo el año por profesionales capacitadas y expertas.

Mediante esta vía también se realizan acciones de referencia y contrarreferencia de casos en colaboración con diversas instancias, tanto de gobierno, académicas, sociedad civil, etc.

Casa de Emergencia

Es un espacio seguro de atención inmediata e interdisciplinaria ante una situación de urgencia. A la Casa de Emergencia pueden acudir las mujeres en cualquier momento, cuando enfrentan una situación de riesgo y han tenido que salir de su “hogar” sin un plan, ni un lugar donde acudir ante la situación de violencias vividas, o bien, cuando cuentan con redes de apoyo (familiares, amistades, etc.) pero estas están fracturadas o se ha perdido contacto por el aislamiento y control que la persona agresora ejercía contra ellas.

Este espacio emergente de hasta 72 horas, promueve que las mujeres y en su caso, sus hijas e hijos ejerzan su derecho a contar con un espacio inmediato seguro, brindándoles acompañamiento integral para la toma de decisiones informada para que, en conjunto con la mujer se definan las acciones a seguir tal como la referencia y acompañamiento hasta llegar al destino donde iniciará y/o continuará su proceso, ya sea su red de apoyo o algún espacio de protección especializada: Refugio o Casa de Transición.

Con las casas de emergencia se accionan las células de reacción inmediata ante casos de violencia sin poner en riesgo la ubicación del Refugio, protegiendo así a las familias residentes.

Asimismo, a través de este espacio se brinda gratuitamente acompañamiento integral especializado a todas las mujeres de diversas partes de la República para ejercer sus derechos sexuales y reproductivos.

Durante pandemias de salud como el COVID19, las Casas de Emergencia han sido claves para mitigar el riesgo de contagio al ser utilizados como espacios previos al ingreso al refugio donde las mujeres, y en su caso, sus hijas e hijos pasaron la cuarentena acompañados de profesional especializado en un entorno cálido y libre de violencias.

Refugios

Los Refugios son espacios confidenciales que restituyen derechos, promueven el acceso a la justicia, brindan protección de forma gratuita y atención integral especializada.

Son el mecanismo más articulado para prevenir feminicidios y diversas consecuencias de las violencias como: discapacidad, mutilación, pérdida irremediable de la salud mental, lesiones, entre otras secuelas.

Asimismo, los Refugios están contemplados en la CEDAW y la Convención Belem Do Pará ambos firmados y ratificados por el Estado Mexicano que establecen el marco normativo aplicable para los casos de violencias contra las mujeres.

Los Refugios para mujeres víctimas de violencias y en su caso, sus hijas e hijos han sido considerados como servicios esenciales por el actual gobierno federal de México ante la pandemia por COVID19.

Son la respuesta a una política pública integral basada en un modelo eficaz probado desde hace varios años en todo el país. Brindan acompañamiento integral especializado e intervención multidisciplinaria, atendiendo las diversas necesidades de las mujeres, sus hijos e hijas víctimas de violencias entre ellas atención psicológica, médica, social, psicopedagógica, jurídica y capacitación para el empleo, autogestión económica, musico y arteterapia, entre otras. La atención y el acompañamiento se proporcionan bajo el principio de no-revictimización, con enfoque de derechos humanos, perspectiva de género y multiculturalidad.

Los Refugios integrantes de la Red Nacional de Refugios, A.C. (RNR) operan bajo un código de ética y buenas prácticas, así como con estándares de transparencia, calidad, calidez y seguridad para las mujeres, infantes y el personal profesionalizado que las atiende. La ubicación y los datos personales son absolutamente confidenciales.

La actuación de la Red Nacional de Refugios, A.C. (RNR) está basada en los diversos instrumentos, convenciones y acuerdos internacionales, así como legislaciones nacionales y demás marcos jurídicos de protección de los derechos humanos de las mujeres y aquellos que delinean la importancia de la creación y función de los Refugios, además de la prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia.

El reconocimiento y compromiso del Estado Mexicano quedó legitimado en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (LGAMVLV), esta ley establece la instalación y mantenimiento de estos refugios como parte de las medidas y acciones del Estado Mexicano para proteger a las víctimas de violencia familiar.

En el año 2003 y como resultado del movimiento de las organizaciones de la sociedad civil y los Refugios surgió el presupuesto etiquetado para los Refugios y en 2011 el Modelo Oficial Vigente de Refugios, en ambos la RNR participó activamente.

Vivir libre de Violencias es un derecho humano al que deben acceder y ejercer todas las mujeres de este país. Los Refugios Integrantes de la Red Nacional de Refugios trabajan coordinadamente para hacer ese derecho una realidad en México.

Casa de transición

Son espacios habitacionales de inclusión y transición a la vida independiente y autónoma para las mujeres y, en su caso sus hijas e hijos que han finalizado el proceso dentro de un Refugio, o bien, para aquellas mujeres que a través de la intervención realizada en el Centro de Atención Externa de Refugio o en la Casa de Emergencia se identifica que su vida no está en riesgo y lo que requiere es un espacio alejado del entorno violento que le permita generar las condiciones para su autonomía y ejercer su ciudadanía.

Es decir, las casas de transición posibilitan oportunidades de ajuste personal e incorporación socio – laboral, facilitando el alcance de objetivos de autonomía, empoderamiento y ejercicio de la ciudadanía de las mujeres, particularmente cuando no son propietarias de una vivienda o carecen de un espacio seguro para vivir.

El tiempo de permanencia es de aproximadamente seis meses, en los cuales se llevará a cabo el diseño y seguimiento de un proyecto personalizado de intervención integral, tanto para las mujeres como para sus hijos e hijas, si es el caso, que responda a sus necesidades y que formará parte de un proyecto personalizado de transición a la vida autónoma. La casa de transición trabaja articuladamente con el Centro de Atención Externa para brindar apoyo integral en los ámbitos social, laboral, educativo, jurídico, recreativo y psicológico.

1. Centro de Atención Externa

Centros de Atención Externa

Son la cara pública de los Refugios, siendo el primer contacto de las mujeres que acuden a ellos, donde se les acompaña a la toma de decisiones, se explora la situación que vive la mujer y en apego a sus derechos humanos se ofrecen diversas opciones entre ellas: iniciar proceso integral gratuito o bien, ingresar a una Casa de Emergencia, Refugio o Casa de Transición, en cualquiera de las opciones planteadas se desarrolla conjuntamente con la mujer, y en su caso sus hijas e hijos un plan de actuación que contempla el plan de seguridad para mitigar el riesgo por la violencia vivida.

En estos espacios se proporciona atención integral especializada (psicológica, jurídica y social) a mujeres víctimas de violencias y en su caso, sus hijas e hijos. Los servicios que brindan los Centros de Atención Externa de Refugio van desde información, orientación, intervención, referencia de casos a espacios de protección y el seguimiento de estos cuando se ha concluido el proceso dentro de los Refugios.

Teniendo un papel clave en los procesos de autonomía y empoderamiento de las mujeres mediante la promoción del ejercicio de sus derechos humanos:

-Fomentan la identificación de situaciones de violencias promoviendo diversas acciones para romper con las mismas.

-Promueven la toma de conciencia de las propias potencialidades, reconociendo sus habilidades, promoviendo la autonomía y el empoderamiento de las mujeres.

-Facilitan procesos en los cuales las mujeres adquieren un mayor control sobre sus recursos intelectuales, personales, sociales y materiales, cuestionando los constructos sociales del patriarcado.

Línea telefónica:

A través del 800 822 44 60 a nivel nacional y en el 555674 9695 o 555243 6432 para la Ciudad de México y área metropolitana, la Red Nacional de Refugios A.C. (RNR), brinda atención en crisis, acompañamiento, orientación y escucha activa a mujeres que llaman buscando alternativas ante sus problemáticas.

Es una línea totalmente confidencial que brinda atención las 24 horas del día todo el año por profesionales capacitadas y expertas.

Mediante esta vía también se realizan acciones de referencia y contrarreferencia de casos en colaboración con diversas instancias, tanto de gobierno, académicas, sociedad civil, etc.

2. Casa de Emergencia

Casa de Emergencia

Es un espacio seguro de atención inmediata e interdisciplinaria ante una situación de urgencia. A la Casa de Emergencia pueden acudir las mujeres en cualquier momento, cuando enfrentan una situación de riesgo y han tenido que salir de su “hogar” sin un plan, ni un lugar donde acudir ante la situación de violencias vividas, o bien, cuando cuentan con redes de apoyo (familiares, amistades, etc.) pero estas están fracturadas o se ha perdido contacto por el aislamiento y control que la persona agresora ejercía contra ellas.

Este espacio emergente de hasta 72 horas, promueve que las mujeres y en su caso, sus hijas e hijos ejerzan su derecho a contar con un espacio inmediato seguro, brindándoles acompañamiento integral para la toma de decisiones informada para que, en conjunto con la mujer se definan las acciones a seguir tal como la referencia y acompañamiento hasta llegar al destino donde iniciará y/o continuará su proceso, ya sea su red de apoyo o algún espacio de protección especializada: Refugio o Casa de Transición.

Con las casas de emergencia se accionan las células de reacción inmediata ante casos de violencia sin poner en riesgo la ubicación del Refugio, protegiendo así a las familias residentes.

Asimismo, a través de este espacio se brinda gratuitamente acompañamiento integral especializado a todas las mujeres de diversas partes de la República para ejercer sus derechos sexuales y reproductivos.

Durante pandemias de salud como el COVID19, las Casas de Emergencia han sido claves para mitigar el riesgo de contagio al ser utilizados como espacios previos al ingreso al refugio donde las mujeres, y en su caso, sus hijas e hijos pasaron la cuarentena acompañados de profesional especializado en un entorno cálido y libre de violencias.

3. Refugios

Refugios

Los Refugios son espacios confidenciales que restituyen derechos, promueven el acceso a la justicia, brindan protección de forma gratuita y atención integral especializada.

Son el mecanismo más articulado para prevenir feminicidios y diversas consecuencias de las violencias como: discapacidad, mutilación, pérdida irremediable de la salud mental, lesiones, entre otras secuelas.

Asimismo, los Refugios están contemplados en la CEDAW y la Convención Belem Do Pará ambos firmados y ratificados por el Estado Mexicano que establecen el marco normativo aplicable para los casos de violencias contra las mujeres.

Los Refugios para mujeres víctimas de violencias y en su caso, sus hijas e hijos han sido considerados como servicios esenciales por el actual gobierno federal de México ante la pandemia por COVID19.

Son la respuesta a una política pública integral basada en un modelo eficaz probado desde hace varios años en todo el país. Brindan acompañamiento integral especializado e intervención multidisciplinaria, atendiendo las diversas necesidades de las mujeres, sus hijos e hijas víctimas de violencias entre ellas atención psicológica, médica, social, psicopedagógica, jurídica y capacitación para el empleo, autogestión económica, musico y arteterapia, entre otras. La atención y el acompañamiento se proporcionan bajo el principio de no-revictimización, con enfoque de derechos humanos, perspectiva de género y multiculturalidad.

Los Refugios integrantes de la Red Nacional de Refugios, A.C. (RNR) operan bajo un código de ética y buenas prácticas, así como con estándares de transparencia, calidad, calidez y seguridad para las mujeres, infantes y el personal profesionalizado que las atiende. La ubicación y los datos personales son absolutamente confidenciales.

La actuación de la Red Nacional de Refugios, A.C. (RNR) está basada en los diversos instrumentos, convenciones y acuerdos internacionales, así como legislaciones nacionales y demás marcos jurídicos de protección de los derechos humanos de las mujeres y aquellos que delinean la importancia de la creación y función de los Refugios, además de la prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia.

El reconocimiento y compromiso del Estado Mexicano quedó legitimado en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (LGAMVLV), esta ley establece la instalación y mantenimiento de estos refugios como parte de las medidas y acciones del Estado Mexicano para proteger a las víctimas de violencia familiar.

En el año 2003 y como resultado del movimiento de las organizaciones de la sociedad civil y los Refugios surgió el presupuesto etiquetado para los Refugios y en 2011 el Modelo Oficial Vigente de Refugios, en ambos la RNR participó activamente.

Vivir libre de Violencias es un derecho humano al que deben acceder y ejercer todas las mujeres de este país. Los Refugios Integrantes de la Red Nacional de Refugios trabajan coordinadamente para hacer ese derecho una realidad en México.

4. Casa de Transición

Casa de transición

Son espacios habitacionales de inclusión y transición a la vida independiente y autónoma para las mujeres y, en su caso sus hijas e hijos que han finalizado el proceso dentro de un Refugio, o bien, para aquellas mujeres que a través de la intervención realizada en el Centro de Atención Externa de Refugio o en la Casa de Emergencia se identifica que su vida no está en riesgo y lo que requiere es un espacio alejado del entorno violento que le permita generar las condiciones para su autonomía y ejercer su ciudadanía.

Es decir, las casas de transición posibilitan oportunidades de ajuste personal e incorporación socio – laboral, facilitando el alcance de objetivos de autonomía, empoderamiento y ejercicio de la ciudadanía de las mujeres, particularmente cuando no son propietarias de una vivienda o carecen de un espacio seguro para vivir.

El tiempo de permanencia es de aproximadamente seis meses, en los cuales se llevará a cabo el diseño y seguimiento de un proyecto personalizado de intervención integral, tanto para las mujeres como para sus hijos e hijas, si es el caso, que responda a sus necesidades y que formará parte de un proyecto personalizado de transición a la vida autónoma. La casa de transición trabaja articuladamente con el Centro de Atención Externa para brindar apoyo integral en los ámbitos social, laboral, educativo, jurídico, recreativo y psicológico.